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PRESENTACIÓN
/ I.
INTRODUCCION / II. ANTECEDENTES

PROGRAMA PRESIDENCIAL
COORDINA: VICEPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Dra. MARIA MERCEDES
DE LA ESPRIELLA DE BELL
INSTITUTO COLOMBIANO DEL DEPORTE
COLDEPORTES
|
JUNTA DIRECTIVA GERMAN ALBERTO BULA ESCOBAR Ministro de Educación Nacional JUAN MANUEL GALAN PACHON Viceministro de la Juventud CARLOS PAREDES GOMEZ Representante Ministro de Salud CORONEL JAVIER ALFONSO CALDERON REALPE Representante del Ministro de Defensa JORGE GOMEZ DUARTE Representante del CESU ANDRES BOTERO PHILLIPSBOURNE Representante Comité Olímpico Colombiano CIRO SOLANO HURTADO Representante de las Federaciones Deportivas HELMUTH BELLINGRODT WOLF Representante de los Deportistas FREDDY ALFONSO PAREJA PESCA Representante de la Asociación de Profesores de Educación Física GERMAN COLLAZOS QUEVEDO
Representante de las Asociaciones Juveniles y sin ánimo de lucro |
DIRECTIVOS
DIEGO PALACIOS GUTIERREZ Director General FELIX MULFORD CARBONELL Secretario General WILLIAM ROJAS RUENES Subdirector Técnico BLANCA MYRIAM PINZON
OTALORA Subdirectora
Administrativa Y Financiera (E) MANUEL ACEVEDO GALVEZ Subdirector de Planeación MYRIAM GUTIERREZ DE PULIDO Jefe Oficina Jurídica |
FUNDACION COLOMBIANA DE TIEMPO LIBRE Y RECREACION
- FUNLIBRE –
CARLOS
ALBERTO RICO A.
Director
del Proyecto
ARTURO ROJAS RINCÓN
Asesor Planeación Estratégica
ESPERANZA OSORIO C.
Asesora en Investigación
HENRY
VARGAS A.
Asesor en Pedagogía
PEDRO LUIS BLANCO
Asesor Jurídico
RUTH
BASTIDAS C.
ALEJANDRO
CALLEJAS.
GUILLERMO
ZUÑIGA B.
Expertos en Recreación
MAURICIO
MOGOLLÓN S.
ZORAIDA
RINCÓN C.
PILAR
QUERUBÍN M.
Asistentes Técnicos
Desde el Programa de Gobierno que
inscribió como candidato el Sr. Presidente de la República, Dr. Andrés Pastrana
Arango (El Cambio es Ahora, 1.998), fue explícito el compromiso con el
desarrollo y fortalecimiento del sector para apoyar los cambios que requería el
país; de allí que en dicho programa haya referencia directa a la Recreación en
4 de los 10 grandes cambios propuestos, los cuales fueron apoyados por la
ciudadanía.
El convencimiento de que la recreación
es algo serio, fue el que llevó a darle cuerpo como herramienta de construcción
de paz y de desarrollo social, procurando trascender el limitado criterio
históricamente predominante de que la recreación simplemente sirve para
hacernos olvidar los problemas.
Conscientes de que ello no sería
posible sin alentar la participación técnica y abierta de los directamente
comprometidos en su gestión, el Plan Nacional de Recreación que hoy por primera
vez en la historia del país se adopta, tiene sus raíces en un proceso formal,
articulado y participativo que ha girado en torno a la construcción colectiva
de la determinación de los propósitos del quehacer recreativo.
Así, con base en el serio trabajo
académico efectuado por los participantes en el V Congreso Nacional de
Recreación realizado en la ciudad de Manizales en Noviembre de 1.998 -evento
coorganizado por COLDEPORTES CALDAS, la Universidad de Caldas y la Fundación
Colombiana de Tiempo Libre y Recreación –FUNLIBRE-, e inspirados en el mismo
marco metodológico y conceptual que orientó dicho evento, se siguió
ininterrumpidamente en virtud del convenio de cooperación interinstitucional
COLDEPORTES CALDAS – FUNLIBRE y con el apoyo del Instituto Colombiano del
Deporte, el proceso de formulación del Plan con la dirección técnica de dicha
fundación, precisando los objetivos, propósitos, estrategias y programas que
sustentados en una concreción del diagnóstico general y de las áreas que se han
determinado como fundamentales para garantizar el desarrollo de la recreación
en el país y su proyección al disfrute a la población, se pudo oportunamente
someter a validación el Documento base del plan durante el mes de Marzo de
1.999.
Para dicha validación, realizada a
través de cinco encuentros regionales que se organizaron a lo largo y ancho del
país siguiendo el criterio de las regiones de planificación, se invitaron y
participaron actores sectoriales de todos los departamentos del país, lo cual
permitió ajustar las bases a las percepciones y expectativas de las regiones.
Estamos seguros que los Programas
generales propuestos, y los Programas por área de efectividad en investigación,
formación, vivencias y gestión, redundarán no sólo en un desarrollo sin precedentes
del sector, sino lo que es más importante éste habrá de traducirse en un
mejoramiento de la vivencia de la recreación de los colombianos.
En consecuencia, se dispone ya del marco
orientador para que las entidades puedan cumplir eficiente y eficazmente el
mandato legal establecido en el Artículo 6°. de la Ley 181 de 1.995 el cual
dispone que “Es función obligatoria de
todas las instituciones públicas y privadas de carácter social, patrocinar,
promover, ejecutar, dirigir y controlar actividades de recreación, para lo cual
elaborarán programas de desarrollo y estímulo de esta actividad, de conformidad
con el plan nacional de recreación”.
Un Plan no es un objetivo en sí mismo; éste debe concebirse como un instrumento que orientará adecuadamente las acciones a adelantar en el próximo futuro para el logro de la misión y los objetivos establecidos, otorgando unidad y coherencia a la gestión sectorial.
El cumplimiento de la misión institucional no se alcanza con el simple
diseño de un plan sino por la
pertinencia de éste dentro de una estrategia de aproximación a una situación
futura que se considera deseable y que por efectos del diagnóstico acertado y
de las acciones propuestas se puede dimensionar como probable.
Ello señala que la calidad de la planeación y la operación sectorial
dependerá directamente de la calidad de la información que se posea, tanto de
sus aspectos internos, como de la concerniente a su respectivo mercado social y
el entorno general en el que desarrolla su acción, esto es, sobre los usuarios,
sus características y los factores del medio ambiente que influyen sobre el
mercado social específico del sector.
Para que la planeación sirva realmente a los propósitos de direccionar
el sector hacia sus objetivos básicos (Art. 3 de la Ley 181 de 1.995), es
importante hacer un llamado sobre la necesidad que los responsables de la
planeación y gestión institucional estén en disposición de producir, transmitir
y consolidar información, de repensar sus prácticas cotidianas fundamentalmente
en lo atinente al impacto y la magnitud del
beneficio que recibe la población,
según los objetivos sectoriales que se deberían alcanzar.
El trabajo que viene desarrollando el sector y sus protagonistas, el
diagnóstico adelantado en el V Congreso Nacional de Recreación, la revisión de
los Planes Sectoriales Departamentales y Municipales, la conformación de la Red
Nacional de Recreación y la realización de los cinco (5) Encuentros Regionales
para la validación de este documento, son todas acciones que evidencian que al interior del sector si se
cuenta con dicha disposición, surgiendo como imperativo el unificar los
parámetros para la calidad de la planeación y operación del sector y complementar
gradualmente la información que la soporta.
El Plan Nacional de Recreación: RECREACCION:
Recreación con un Propósito cuyos alcances se presentan a continuación
se aborda a dos niveles uno general
para el sector y por áreas de efectividad: investigación, formación, vivencias
y gestión, con el criterio que si y solo si se logran avances simultáneamente
en las cuatro áreas podremos entender que el sector se está desarrollando.
Para efectos de una mayor claridad en
la lectura del Plan se presentan las definiciones de cada una de las áreas de
efectividad:
·
INVESTIGACION: La investigación
científica se define para efectos de este componente como el ordenamiento y
sistematización de procesos orientados a describir, explicar o comprender un
fenómeno dentro del marco de un método científico. El área está orientada a
crear las condiciones y capacidad investigativa del sector para diseñar,
desarrollar y sostener procesos de investigación a largo plazo que permitan la
construcción de la recreación como disciplina y aporte los argumentos para su
posicionamiento como bien social.
·
FORMACION: El concepto de
formación se refiere a procesos de fundamentación permanentes de índole
personal, cultural y social basados en una concepción integral de la persona
humana, de su dignidad y de sus derechos y deberes. A su vez la
Educación se imparte según criterios de orden, sistematicidad, títulos, ciclos
y niveles, formal, informal y no formal. Formar en recreación significa
entonces transferir e intercambiar conocimientos, habilidades, destrezas y
desarrollar y potenciar aptitudes, todas vinculadas directa o indirectamente a
la recreación, bajo diversas modalidades.
·
VIVENCIA: Se refiere al ámbito
específico de aplicación de programas en
recreación, esto es,
implementación, seguimiento y evaluación, garantizando la calidad de la vivencia según estándares, que
deben lograr niveles adecuados de
satisfacción tanto individual como colectiva. La calidad de la vivencia
recreativa se relaciona directamente con el potencial de los programas y
facilitadores para que individuos y grupos tengan la posibilidad de vivir una
experiencia que contribuya a su desarrollo integral.
·
GESTION: Contempla los lineamientos que permiten
orientar las acciones institucionales, administrativas, financieras y de
mercadeo social, hacia el posicionamiento de la recreación como política
social, diferenciando las funciones de
las entidades nacionales, departamentales y municipales de acuerdo con
su competencia y responsabilidad, la consolidación de recursos para garantizar
la financiación, y articular la doctrina y normatividad existente a la
formulación de programas en el contexto de los planes de desarrollo regionales
y locales. El compromiso del área tiene que
ver con la búsqueda del desarrollo del sector en forma tal que se fortalezca y
cuente con la capacidad institucional para ofrecer servicios y programas con un
sentido de equidad y eficiencia social.
2.1. ANTECEDENTES SECTORIALES
La planeación de la Recreación tiene
la complejidad de cualquier proceso de planeación en materia social, pero con
la complicación adicional del desconocimiento de los alcances y beneficios
individuales, sociales, económicos y ambientales que le son inherentes. Por
ello no es raro encontrar que ante el llamado a formular una política nacional
de recreación, la respuesta sea del tipo de exclamación: Planear Recreación?
Vuélvase serio!.
La profunda crisis social y económica
del país, la severidad de sus problemas estructurales y coyunturales
evidentemente no son el escenario más propicio para reivindicar la importancia
de la recreación y el tiempo libre, cuando precisamente por la carencia de una
política sectorial se dificulta alcanzar algún grado de consenso sobre el
concepto mismo de recreación y la responsabilidad que le atañe al estado de
proveer alternativas para vivenciarla.
La categorización de la recreación en
la Constitución Nacional como derecho fundamental (Art. 44), el precepto
constitucional (Art. 67) de que “la
educación formará al colombiano... en la práctica del trabajo y la recreación,
para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del
ambiente”, su consideración como necesidad básica del
ser humano por las Naciones Unidas, son solo algunos elementos que justifican y
ameritan la preocupación y consecuente aplicación de esfuerzos y recursos
tendientes a procurar el desarrollo del sector y su consecuente proyección en
alternativas para todos los colombianos sin discriminación.
Para efectos prácticos creemos que no es pertinente detenerse en la
discusión inacabada sobre que es recreación, sino que debemos actuar en
consecuencia con lo establecido en la Ley 181 de 1.995 que en su Artículo 5
establece que:
“La recreación
es un proceso de acción participativa y dinámica que facilita entender la vida
como una vivencia de disfrute, creación y libertad, en el pleno desarrollo de las
potencialidades del ser humano para su realización y mejoramiento de la calidad
de vida individual y social, mediante la práctica de actividades físicas o
intelectuales de esparcimiento
El
aprovechamiento del tiempo libre es el
uso constructivo que el ser humano hace de él, en beneficio de su
enriquecimiento personal y del disfrute de la vida, en forma individual o
colectiva. Tiene como funciones básicas el descanso, la diversión, el
complemento de la formación, la socialización, la creatividad, el desarrollo
personal, la liberación en el trabajo y la recuperación sicobiológica.”
De acuerdo con dicha Ley (Art. 6), el
patrocinio, promoción, ejecución, dirección y control de actividades de
recreación es función obligatoria de todas las instituciones públicas y
privadas de carácter social quienes deberán para el efecto elaborar programas
de desarrollo y estímulo de esta actividad de conformidad con el Plan Nacional
de Recreación. Así mismo es taxativa la
ley al establecer seguidamente que “la mayor responsabilidad en el campo de la
recreación le corresponde al Estado y a las Cajas de Compensación Familiar”.
Frente al reto es claro que la recreación debe generar las estrategias y
acciones que posibiliten un desarrollo sostenido, a partir de un diagnóstico de
su propia realidad que le permita objetivamente abordar los factores causales
de los problemas que hoy se presentan en el sector en general y cada área de
efectividad en particular.
En el área de formación de talento humano, se encuentran problemas
relacionados con la oferta de programas
a través de todos los ciclos, y la ausencia de información acerca de la calidad
de los existentes, agravados por la aún poca cultura
existente en Colombia acerca de la necesidad de construir e implementar
sistemas de acreditación.
En el campo de la educación superior,
se han identificado 18 programas de pre-grado en las modalidades de tecnología,
técnica profesional y profesional y 7 programas de post-grado en el nivel de
especialización. (Página Web ICFES, 24 de Enero de 1999). De los programas
mencionados en pre-grado, 9 son licenciaturas asociadas a recreación, 4 son
técnicas profesionales 2 tecnologías y 39 con título profesional, todos
vinculados a la recreación, junto al Deporte y la Educación Física, excepto el
programa de la Universidad del Valle y el Politécnico Jaime Isaza Cadavid que
otorga título profesional referido directamente a la recreación.
De este panorama es posible deducir que existe una oferta significativa
para la formación sectorial, aunque ella no está directamente orientada a la
recreación. Este aspecto bien puede considerarse como una fortaleza y como un
reto. Una fortaleza en tanto posibilita construcciones y diálogos
interdisciplinarios; un reto en tanto es un llamado a profundizar en la
especificidad de la recreación como disciplina autónoma y con especificidad en
su objeto de estudio.
Prevalecen además factores ya identificados en el V Congreso Nacional
(Manizales 1998) y referidos a la falta de una oferta más amplia, a la relación
directa entre sus contenidos y las necesidades regionales y a la ampliación de
cobertura de los programas ya existentes. En cuanto a la Educación No formal se reiteró la necesidad urgente de acceder a cursos de
capacitación, actualización y profesionalización, lo cual fue reiterado por los
participantes a los Encuentros Regionales realizados para la validación del
Documento base del Plan Nacional de Recreación: RECREACCION: Recreación con
un Propósito
La falta de articulación de las cuatro áreas de efectividad con la
academia ha obstaculizado un crecimiento cualitativo y cuantitativo de
programas en recreación y ha tenido
influencia directa en el desarrollo científico de la misma, en la medida que es
la universidad, el ámbito por excelencia para la generación de investigación y
acumulación de conocimiento.
La literatura en recreación muestra que
la investigación ha sido predominantemente aplicada, no ha sido acumulativa y
se han encontrado deficiencias en los procesos de recolección de información y
de datos relacionados con este campo de estudio.
La revisión de los últimos congresos de
recreación realizados en Colombia, ratifican la tendencia internacional de
investigación en cuanto a la preeminencia de la investigación aplicada, y estudios principalmente descriptivos
con énfasis en experiencias
comunitarias y en técnicas recreativas.
Por otra parte se observa cada vez más
la aplicación de la recreación a otros sectores como educación, salud, justicia,
al desarrollo ambiental, laboral, desarrollo de infraestructura
recreativa, y se observan algunos
avances, aunque incipientes de los
investigadores por el desarrollo teórico y el cuestionamiento acerca de su
definición y alcances, especialmente acerca de la dimensión lúdica y formativa
de la recreación y su papel en el desarrollo humano.
En este contexto la investigación se
considera un elemento estratégico dentro del Plan Nacional de Recreación. Esto obedece
a varias prioridades que surgen de la revisión del estado mismo de la
recreación y las posibilidades de crecimiento social y económico que posibilita
el conocimiento.
En general el desarrollo investigativo en recreación muestra que:
·
No se cuenta con un cuerpo teórico y una producción investigativa
que defina universalmente el objeto de estudio de la recreación, sus bases
epistemológicas, conceptuales y metodológicas.
·
La recreación no cuenta con un cuerpo de conocimientos que
sustente el valor de los beneficios de la recreación y su impacto social.
·
Aunque existen esfuerzos investigativos en el área que no pueden
ser desconocidos tanto en el ámbito nacional como internacional, es conveniente
trabajar en torno a líneas de investigación que consideren el estado del arte en recreación y la realidad social
colombiana, para generar una estrategia
de acumulación de conocimiento en la perspectiva de construir a largo plazo la
recreación como disciplina.
·
La investigación no ha aportado información relevante para la toma
de decisiones de los gestores, administradores, operadores de la recreación en
torno a las prioridades, necesidades,
conceptos, modelos de evaluación y trabajo en recreación.
Aunque las consideraciones anteriores
indudablemente plantean un nivel de
desarrollo investigativo en recreación en Colombia aún incipiente, se tienen condiciones básicas que pueden
transformar la situación en un panorama más propositivo en relación con los
retos que se plantean a la recreación a través del plan en su conjunto.
Los vacíos en las áreas de formación e investigación tienen un impacto
directo sobre la vivencia de la recreación, lo cual se manifiesta en un
incipiente surgimiento de programas de recreación respaldados académicamente y
que hagan uso de las herramientas provenientes de la investigación para
validar, sistematizar y evaluar las experiencias.
Igualmente se resalta la exigua
vinculación de profesionales en recreación a la operación de programas, dado
que lo usual es encontrar que como Recreadores actúan usualmente estudiantes o
profesionales de otras disciplinas que abordan el trabajo en recreación como
algo transitorio.
Esta situación conduce al riesgo de
masificar la recreación a través de productos, programas y servicios estándar
que no respetan la libertad, autonomía y preferencias de los usuarios de tales
servicios. La masificación tiene por otra parte consecuencias negativas sobre
el acceso geográfico y económico a los servicios de recreación; ello se refleja
en la inequidad en cuanto a la cobertura de los programas y el que las regiones rurales alejadas del
país sean invisibles para el sector.
Este además de ser un factor de
inequidad social, no facilita el que la recreación tenga un mayor impacto sobre
la construcción de regionalidad a partir de la diferencia pluriétnica y
pluricultural que caracteriza el país, el olvido de valiosas tradiciones y
conocimientos de nuestras poblaciones indígenas, el rescate de las tradiciones por
parte de las nuevas generaciones y obviamente una construcción creativa de lo
tradicional y lo innovador pero acompañado de procesos que afiancen la
identidad nacional y regional.
Así, si bien es una fortaleza el que la
recreación ha ganado importantes espacios intersectoriales, la ausencia de
estudios de impacto y resultados y la carencia de informes de gestión, o por lo menos de su socialización, han
impedido la acumulación de datos y argumentos objetivos que respalden los
contenidos de los mensajes que conduzcan a un cambio acerca del concepto de la
recreación.
En este momento cuando el gobierno está revisando los campos de su
actividad, entre ellos la educación, cultura, salud, familia y niñez para la
reconstitución del tejido social, se da un espacio óptimo para que se
establezcan los escenarios pertinentes para escuchar las necesidades de
aquellas entidades, organizaciones y personas preocupadas por el desarrollo del
sector de la recreación.
Por otra parte, se observa en el sector de la recreación falta de
claridad para la aplicación de la normatividad existente, un desequilibrio en
la asignación de recursos derivado de la falta de posicionamiento claro y
autónomo del sector independizado del deporte,
desconocimiento de las funciones y compromisos que deben desarrollar las
entidades en los diferentes niveles nacional, departamental y local, y falta de mecanismos de promoción y
difusión de los servicios prestados y el no contar con un sistema de evaluación
de los programas mediante un sistema de indicadores de gestión que vayan mas
allá de los aspectos cuantitativos de enumeración de actividades.
Ello fue
reiterado en el V Congreso Nacional de Recreación en noviembre de 1998, en
Manizales, arrojó como problemas de mayor impacto en el área de gestión, los
siguientes: insuficiente e inadecuada política en recreación, insuficiencia o
desequilibrio en la asignación de recursos, énfasis en la gestión institucional
interna, falta de especificidad en la administración de la recreación, débil
promoción y mercadeo de servicios, y falta de un sistema de indicadores de
gestión para evaluar planes y programas.
Si se parte de
la premisa que a nivel social la recreación puede ser vista como un elemento
clave en el bienestar colectivo de la población, asimismo se le debe considerar
hoy en día como un elemento esencial en una sociedad que estimula, y fomenta el
desarrollo de sus ciudadanos. Sin
embargo esto no se observa en la formulación de los planes sectoriales
tanto departamentales como municipales.
Al hacer un
inventario de los programas formulados en los planes sectoriales de 21
departamentos, dirigidos específicamente al sector de la recreación y de los
informes de gestión de las entidades, entre ellas Coldeportes, se aprecia que
la guía básica para la formulación de los planes sectoriales tanto
departamentales como municipales ha sido el Documento Conpes 2759 Deporte y
Recreación y que sólo algunos departamentos han incluido programas específicos
de recreación para algún tipo de problema regional, como es el caso de los
desplazados o segmentos poblacionales específicos como discapacitados o tercera edad, en general la preeminencia sigue
estando sobre el deporte.
2.2. MARCO JURÍDICO DEL
SECTOR Y DEL PLAN NACIONAL DE RECREACIÓN
El compromiso con la adopción de un
Plan Nacional de Recreación que desarrolle y fortalezca al sector para
garantizarle a la población colombiana el acceso equitativo y sin
discriminación a las vivencias recreativas y al aprovechamiento del tiempo
libre, se sustenta no solo en el mandato legal, sino igualmente en la asunción
que tras las múltiples expresiones formales de la necesidad y el derecho a la
recreación subyace un principio universal de reconocimiento de su
trascendencia.
·
Básica del ser humano, cuando la Asamblea General de la Naciones
Unidas declara en 1980 que para el hombre, “después
de la nutrición, salud, educación, vivienda, trabajo y seguridad social, la
recreación debe considerarse como una necesidad básica, fundamental para su
desarrollo.”.
·
Fundamental del ser humano: cuando la Conferencia de las Naciones
Unidas sobre Asentamientos Humanos, Hábitat y Medio Ambiente, realizada en el
año de 1976, en la ciudad de Vancouver,
Canadá, declaró por unanimidad, “...que
la recreación es necesidad fundamental del hombre contemporáneo..”.
·
Insatisfecha a solucionar por los municipios: Art. 3 de la Ley
136.
Es igualmente contundente el reconocimiento internacional y
nacional de la Recreación como un Derecho:
·
Individual Inalienable: La Declaración Universal de los Derechos
Humanos aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 10 de diciembre
de 1948 establece en su artículo 24, que “Toda
persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una
limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas
pagadas”,
·
Individual: La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del
hombre, incluye como factor irrenunciable de derechos individuales, en el
artículo 15, que: “ Toda persona tiene
derecho a descanso, a honesta recreación y a la oportunidad de emplear
útilmente el tiempo libre, en beneficio de su mejoramiento espiritual, cultural
y físico.”
·
Del niño: La convención sobre los derechos del niño, aprobada por
la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, en atención
a el establecimiento de mecanismos de control y protección de los derechos de
los niños del mundo, ratificó en su preámbulo que los Estado Partes en la
Convención, “...Reconociendo que el niño,
para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno
de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión(...) Han
convenido lo siguiente: (...) Art. 31. 1).
·
Los Estados
Partes reconocen el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y
a las actividades recreativas apropiadas para su edad y a participar libremente
en la vida cultural y en las artes. 2)
Los Estados Partes respetarán y promoverán el derecho del niño a
participar plenamente en la vida cultural y artística y propiciarán
oportunidades apropiadas, en condiciones de igualdad, de participar en la vida
cultural, artística, recreativa y de esparcimiento...”
·
Fundamental de los niños: La Constitución Política de Colombia, en
su Titulo. II, “De los derechos, las garantías y los deberes”; Capitulo II, “De
los derechos sociales, económicos y culturales”, Artículo 44, establece en forma clara, que los
derechos de los niños, son prevalentes a los demás, colocándolos como aquellos
que merecen todo el esfuerzo y atención, no solo por parte del Estado, sino
también, por parte de los particulares para garantizar su efectiva aplicación y
respeto. “Artículo 44. Son derechos
fundamentales de los niños: la vida….la educación y la cultura, la recreación y
la libre expresión de su opinión”.
·
General de la Población: Igualmente la Carta Política no solo se
limita a garantizar la recreación como derecho fundamental a los niños, sino
que también, en el mismo Título ll, Capítulo ll, dedica un artículo especial a
estatuirla como derecho fundamental de
todas las personas, sin distingo alguno; al tiempo que compromete al Estado a
fomentar esta actividad, responsabilizarlo por su fomento, tal y como lo
establece el art.52. “Artículo. 52.- Se
reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del
deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. El Estado fomentará estas
actividades e inspeccionará las organizaciones deportivas cuya estructura y
propiedad deberán ser democráticas.”
·
Social: El Artículo 4º de la Ley 181 de
1.995 a referirse a los principios establece “Derecho social. El deporte, la
recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, son elementos fundamentales
de la educación y factor básico en la formación integral de la persona. Su
fomento, desarrollo y práctica son parte integrante del servicio público
educativo y constituyen gasto público social”.
Es igualmente incuestionable que el
ordenamiento jurídico del país ha reiterado la responsabilidad y compromiso
del Estado en la promoción, dinamización y prestación del servicio de
Recreación, así:
·
Constitución Política, Art. 52. El Estado f
omentará las actividades de
recreación, práctica del deporte y el aprovechamiento del tiempo libre.
·
Constitución Política, Art. 64. Es deber del
Estado promoverá el acceso de los
trabajadores agrarios a los servicios de ... educación, ...recreación, con el
fín de mejorar (la) calidad de vida de los campesinos.
·
Constitución Política, Art. 67. La educación
es .. un servicio público que tiene
una función social; ... La educación
formará al colombiano …en la práctica del trabajo y la recreación, para el
mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del
ambiente. El Estado, la sociedad y la
familia son responsables de la educación…”
·
Ley 181 de 1.995, Art. 4. “El deporte, la recreación y el aprovechamiento
del tiempo libre, son elementos fundamentales de la educación y factor básico
en la formación integral de la persona. Su
fomento, desarrollo y práctica son parte integrante del servicio público educativo y constituyen gasto público
social.”
·
Ley 181 de 1.995, Art. 6º “Es función
obligatoria de todas las instituciones públicas y privadas de carácter social, patrocinar, promover, ejecutar, dirigir y
controlar actividades de recreación, para lo cual elaborarán programas de
desarrollo y estímulo de esta actividad, de conformidad con el plan nacional de
recreación. La mayor responsabilidad en el campo de la recreación le
corresponde al Estado y a las cajas de compensación familiar. Igualmente, con
el apoyo de Coldeportes impulsarán y desarrollarán la recreación, las
organizaciones populares de recreación y las corporaciones de recreación
popular.
·
Ley 136, Art. 3. “Corresponde al
Municipio solucionar las necesidades insatisfechas de ...
educación,... y recreación y deporte”.
·
Ley 181 de 1.995, Art. 7° “Los entes deportivos
departamentales y municipales coordinarán
y
promoverán la ejecución de programas recreativos para la comunidad, en
asocio con entidades públicas o privadas, que adelanten esta clase de programas
en su respectiva jurisdicción”.
·
Ley 60 de 1.993, Art.
21o. Las participaciones a los municipios de que trata el artículo 357o. de la
constitución, se destinará a las siguientes actividades:.... 10. En educación física,
recreación y deporte... 11. En cultura
·
Ley 60, Art. 22º. Las participaciones para sectores sociales se
asignarán por los municipios a las actividades indicadas.... 4. En educación
física, recreación, deporte, cultura y aprovechamiento del tiempo libre, el
5%...5. En libre inversión conforme a los sectores señalados....el 20%.
Adicionalmente a estos reconocimientos,
que nos señalan incuestionablemente que la recreación es cosa seria, existen
igualmente otro sinnúmero de referencias
jurídicas sobre el compromiso del Estado con la Recreación en general y su
aplicación sectorial y por segmento poblacional en particular.
Es así como pueden encontrarse por
sectores y segmentos referencias a la recreación, entre otras, en las
siguientes normas:
1.
En materia
ambiental, en el Art. 67 de la Constitución Política y en el Art. 2 del Decreto
1953 de 1.994 (Reglamentario de la Ley General de Educación).
2.
En
materia comunitaria, en la Ley 181 de 1.995, en la Ley 136 de 1.994
(municipios), en el Art. 5 de la Ley 9 de 1.989 (reforma Urbana), el Art. 59
del Decreto 1860 de 1.994 (Reglamentario de la Ley General de Educación), el
Art. 58 de la Ley 388 de 1.997 (Modificatoria de la Ley 9 de 1.989), el Art. 2
de la Ley 368 de 1997(que Crea la red de Solidaridad Social), el Decreto 1225
de 1997 (reglamentario de la Ley 368) y el Art. 12 de la Ley 105 de 1.993
(Estatuto de Transporte).
3.
En
materia de recreación cultural, el Art. 55 de la Ley 388 de 1997.
4.
En
materia de recreación deportiva, la misma Ley 181 de 1.995 estableció
claramente la articulación fundamental de la recreación y el deporte en sus
Art. 15 y 16.
5.
En
materia de recreación laboral, el Art. 39 de la Ley 200 de 1.995 (Código
disciplinario único), el Art. 23 de la Ley 181 de 1.995, el Art. 29 del Decreto
784 de 1989 (Cajas de Compensación Familiar) y el Art. 21 de la Ley 50 de
1.990.
6.
En
materia de recreación pedagógica, son fundamentales las referencias de los Art.
5, 14 y 204 de la Ley 115 de 1.994 (Ley General de Educación) y las referencias en los Art. 14 y 57 del
Decreto 1860 de 1.994, reglamentario de la Ley 115.
7.
En
materia de Recreación y Rehabilitación, la Ley 361 de 1.997 (Discapacitados),
La Ley 65 de 1.993 (Código penitenciario y carcelario) y el Decreto 2737 de
1.989 (Código del Menor).
8.
En materia
de recreación turística, la Ley 300 de 1.996 (General del Turismo) es bastante
explícita en la relación turismo y recreación tanto en la finalidad como en su
articulación.
9.
Para la
recreación del segmento infantil, es explícita la Constitución Política (Art.
44), el Decreto 2737 de 1.989 (Código del Menor).
10.
Para el
segmento juvenil es suficientemente explícita la Ley 375 de 1.997 (Ley de la
Juventud).
11.
Para los
adultos mayores, el Art. 262 de la Ley 100 de 1.993 es taxativo en cuanto a
planes y programas para ese segmento.
Finalmente, es importante resaltar que así mismo el legislador ha tenido
claro el papel de la recreación frente a los procesos de paz y convivencia
ciudadana. Por ello vale la pena resaltar la referencia en la Ley 229 de 1995
(por la cual se crea la corporación para la convivencia ciudadana en la región
de Urabá, Conciudadana), cuando al asignarle funciones le señaló la de “4.
Organizar y promover programas de acceso al desarrollo cultural, deportivo,
artístico y recreativo que contribuyan a la convivencia pacífica de los
habitantes de la región”. Ello será valedero para todo el territorio nacional,
y fundamenta el criterio del Plan de que la recreación tenga propósitos, entre
los que resaltan la paz y el desarrollo social.
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